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Defensa Técnica en
Delitos Tributarios

Con el SII en su mayor arremetida persecutoria de la historia y la Ley 21.713 de 2024 endureciendo penas, hoy más que nunca la estrategia técnica marca la diferencia entre resolver en sede administrativa o enfrentar un proceso penal.

Por qué elegirnos

Confidencialidad
NDA antes de consulta
Estrategia
Diseñada caso a caso
Evidencia Forense
Metodología auditada
Peritos ICAs Vigentes
Bienio 2026–2027
0 +
Años de Trayectoria
Defensa Penal Tributaria
0 +
Casos Defendidos
Ante SII · TTA · Ministerio Público
0 %
Efectividad Técnica
Ante Tribunales Tributarios (TTA)
0 +
Peritajes Judiciales
Informes Emitidos y Defendidos

Representación técnica y pericial penal

Fiscalizador Principal

Servicio de Impuestos Internos

Inicia la fiscalización con una citación del Art. 63 CT: plazo fatal de 1 mes, prorrogable por 1 mes. Presentó 227 querellas penales en 2025, según su última cuenta pública. La respuesta a la citación es el momento más crítico: los antecedentes no aportados aquí pueden quedar inadmisibles después (Art. 132 CT). Forensics estructura la prueba contable y los descargos desde el primer acto.

Toca cada organismo para ver el detalle.

El SII está en su mayor arremetida penal de la historia

Escenario de Riesgo Tributario 2024–2026

En 2025, el Servicio de Impuestos Internos presentó 227 querellas y denuncias penales, con un perjuicio fiscal acumulado de $158.000 millones. El organismo también duplicó su fiscalización en terreno: más de 467.000 acciones de control, un alza superior al 100% respecto de 2024.

En octubre de 2024, la Ley 21.713 endureció las penas del Art. 97 del Código Tributario, incorporó nuevos tipos penales y amplió los plazos de prescripción. Las empresas y contribuyentes que hoy enfrentan una citación o fiscalización operan en un ambiente de riesgo penal sin precedentes en Chile.

227
Querellas SII
Cifra oficial 2025, récord histórico
Riesgo máximo
¿Qué significa para ti?

El SII querella más de 1 empresa por día hábil. Si tienes una fiscalización abierta, la probabilidad de escalada penal nunca fue mayor. Sin defensa técnica, pierdes el control del proceso.

×2
Fiscalización en terreno
467.000 acciones, 2025 vs 2024
Impacto doble
¿Qué significa para ti?

El SII duplicó su presencia en terreno y sus herramientas de cruce de información. La probabilidad de ser detectado en una inconsistencia tributaria nunca fue tan alta como hoy.

Ley
21.713
Octubre 2024
Nuevas penas y tipos penales Art. 97
Vigente 2024
¿Qué significa para ti?

La nueva ley eliminó requisitos que antes te protegían. Hoy basta una "maniobra fraudulenta", sin necesidad de simulación, para formalización penal. Las reglas cambiaron.

30d
Plazo crítico
Para responder Citación Art. 63 CT
Plazo legal
¿Qué significa para ti?

30 días es todo lo que tienes para responder técnicamente una Citación. Sin un peritaje contable en ese plazo, el SII liquida y la deuda queda firme. El reloj corre desde hoy.

Portafolio Legal

Áreas de Práctica

Combinamos el rigor de la auditoría financiera con tácticas de litigio penal para neutralizar acciones persecutorias del estado.

Diagnóstico de Contingencia

Estrategia según su etapa actual

La respuesta técnica depende del acto recibido, los plazos y la evidencia disponible.

SII: Citación Inicial

Conciliación técnica antes de la entrega de antecedentes

Un requerimiento incompleto puede expandir la fiscalización de la autoridad. Consolidamos y auditamos sus carpetas antes de cualquier comparecencia.

  • Análisis exhaustivo de la citación y puntos en observación.
  • Cruce de información entre DTE, F29 y balances comerciales.
Analizar Caso

SII: Acto Administrativo

Impugnación contable y reconstrucción del perjuicio

Validamos matemáticamente las liquidaciones y giros emitidos para estructurar recursos administrativos jerárquicos, RAV o reclamos formales.

Iniciar Impugnación

Ministerio Público y Querellas

Desarticulación del dolo económico y la hipótesis penal

Trabajamos junto a abogados penalistas tributarios aportando peritajes que desestiman la simulación de operaciones u omisiones maliciosas.

Evaluación Penal

Tribunales y Juicios

Prueba pericial robusta para sostener en estrado

Elaboramos peritajes financieros independientes e incontrastables con metodologías auditables y preparación rigurosa para contraexámenes.

Solicitar Peritaje
Dirección de la Firma

Víctor Hernández Corrales

Contador Auditor · Auditor Forense · Perito Judicial ICA 2026–2027

Contador Auditor, Auditor Forense y Perito Judicial adscrito a las Cortes de Apelaciones de Chile (bienio 2026–2027), con más de quince años de trayectoria en peritaje judicial contable, investigación de delitos económicos y litigación pericial en materias civiles, penales, laborales, tributarias y de familia. Integra con rigor metodológico la auditoría forense, el análisis de evidencia financiera y la cuantificación de perjuicios económicos como soporte técnico especializado para abogados, empresas, organismos públicos y tribunales de justicia.

0+
Años de
Experiencia
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Universidades
Docente Activo
0
Materias
Jurisdiccionales

Cargos Actuales

Director Ejecutivo

Escuela de Peritos OTEC

Director · Staff de Peritos

Peritaje judicial contable desde 2020

Docencia Universitaria

Diplomado Auditoría Forense

Universidad de Concepción (UdeC)

Auditoría Forense con IA

Universidad Bernardo O'Higgins (UBO)

Presencia Internacional

Vicepresidente · AFIC

Fundación Internacional de Auditores Forenses Certificados

Cofundador

Barra Latinoamericana de Peritos y Forenses

Especialidades

Auditoría Forense Peritaje Judicial Contable Delitos Económicos Litigación Pericial Fraude Corporativo Compliance Due Diligence Análisis Financiero Informes Periciales
Víctor Hernández - Perito Judicial Contable
Soporte Técnico Independiente Perito Judicial ICA · Inscripción Vigente 2026–2027
Resolución de Dudas

Consultas Frecuentes

Información técnica y plazos críticos sobre procedimientos ante el SII y Tribunales en Chile.

La Ley 21.713 (vigente desde el 1° de noviembre de 2024) modificó los números 4, 6, 9, 10, 12, 17 y 22 del artículo 97 del Código Tributario, incorporó el nuevo N° 27, y elevó significativamente las penas. Entre sus efectos más relevantes: amplió los tipos penales del fraude tributario eliminando la exigencia de simulación específica (basta cualquier "maniobra fraudulenta"), aumentó las sanciones privativas de libertad, y extendió los plazos de prescripción para los ilícitos más graves. Toda empresa con fiscalizaciones abiertas debe evaluar el impacto de esta norma sobre su exposición.

Bajo el Art. 63 del Código Tributario, el contribuyente dispone de un mes calendario para responder la Citación, plazo prorrogable por un mes adicional a solicitud fundada. Este plazo es el momento más crítico del proceso: una respuesta técnicamente deficiente (o que revela antecedentes incongruentes) puede ampliar el perímetro de la fiscalización y abrir flancos documentales que el SII usará en etapas posteriores. La revisión pericial previa a la respuesta es indispensable.

La acción penal por delitos tributarios es facultad exclusiva del Director Nacional del SII (Art. 162 CT). El Ministerio Público no puede iniciar investigación de oficio sin esta querella previa. Los tipos más frecuentes en 2024 fueron: Art. 97 N°4 inc. 2° (uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA), N°4 inc. 1° (declaraciones maliciosamente falsas de Renta o IVA), N°4 inc. 5° (facilitación de documentación tributaria falsa) y N°5 (omisión maliciosa de declaraciones). Una defensa técnica efectiva en etapa administrativa puede evitar que el caso llegue al Ministerio Público.

La Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) es un recurso en sede administrativa que se interpone ante el propio SII dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de una Liquidación o Resolución. Es una instancia de negociación técnica directa antes de judicializar. El Reclamo Tributario es el procedimiento judicial ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA), con un plazo de 90 días hábiles desde la notificación del acto. Ambas instancias requieren un informe pericial contable sólido: en el RAV para negociar, en el TTA para sustentar la pretensión ante el juez.

Tiene pleno valor probatorio como prueba documental pericial (Art. 314 CPP en materia penal; Art. 411 CPC en materia civil y tributaria). El peso que el tribunal le otorgue depende del rigor metodológico del informe, la independencia acreditada del perito, la trazabilidad de sus fuentes y su solidez bajo contraexamen. Un peritaje de parte elaborado por un perito adscrito a la ICA y con experiencia en estrado tiene una capacidad persuasiva significativamente mayor que un informe interno de la empresa.

Para la evaluación inicial basta con: la notificación o citación recibida, los plazos legales adjuntos y una descripción del giro y período observado. No es necesario tener la documentación ordenada antes de la primera reunión. Toda la información se protege mediante acuerdo de no divulgación (NDA) previo y se maneja bajo estricto secreto profesional. El canal de evaluación opera con encriptación interna y los antecedentes compartidos nunca se divulgan a terceros, incluyendo autoridades, sin instrucción expresa del cliente.

Estricta Confidencialidad

Cada hora sin defensa técnica es ventaja para el SII o Fiscalia

Analizamos sus notificaciones bajo rigurosos acuerdos de no divulgación. Adelántese con un peritaje contable forense de nivel judicial antes de que el proceso escale.

Sin defensa técnica = liquidación firme
Plazo de 30 días no prorrogable
Evaluación inicial confidencial

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